{"id":4284,"date":"2022-12-20T09:44:53","date_gmt":"2022-12-20T09:44:53","guid":{"rendered":"https:\/\/rimlogiprod.wpengine.com\/terms-and-conditions-us\/"},"modified":"2023-04-20T11:12:29","modified_gmt":"2023-04-20T11:12:29","slug":"terms-and-conditions-us","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.rimlogistics.com\/es\/terms-and-conditions-us\/","title":{"rendered":"T\u00e9rminos y condiciones US"},"content":{"rendered":"<section data-block_26069d7b47e3c9f617e482084e843a09  class=\"c-block b-hero-small hero-small alignnone \">\n  <div class=\"c-background\">\n  \n      <div class=\"c-background__images\">\n      \n                        \n          <img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1440\" height=\"426\" src=\"https:\/\/www.rimlogistics.com\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/Vector-5.png\" class=\"c-image c-background__image   c-background__image--desktop\" alt=\"\" srcset=\"https:\/\/www.rimlogistics.com\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/Vector-5.png 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class=\"c-background__content\">\n          <div class=\"b-text__container container\">\n                            <div class=\"b-text__entry\"><h2>RIM logistics, ltd.<\/h2>\n<h2>Condiciones de servicio en EE.UU.<\/h2>\n<h2>1. Introducci\u00f3n<\/h2>\n<p>R.I.M. Logistics Ltd. (RIM) presta servicios a sus clientes como agente de aduanas, transitario nacional, agente de la propiedad nacional, transportista a\u00e9reo internacional y transportista com\u00fan no mar\u00edtimo. Salvo que se estipule lo contrario en el presente documento o en un contrato por escrito firmado \u00edntegramente entre RIM y el Cliente, estos T\u00e9rminos y condiciones rigen todos los servicios prestados por RIM al Cliente y sustituyen a cualesquiera t\u00e9rminos y condiciones contradictorios contenidos en cualquier Documentaci\u00f3n, acuerdo verbal, promesa, representaci\u00f3n o entendimiento entre las partes, incluidos los contenidos en cualquier conocimiento de embarque o carta de porte. Las condiciones generales del contrato marco de RIM para servicios de almac\u00e9n y otros servicios log\u00edsticos se aplican a todos los servicios de almac\u00e9n, tal y como se indica en https:\/\/www.rimlogistics.com\/terms-and-conditions\/.<br \/>\nNing\u00fan agente o empleado de las partes podr\u00e1 modificar las presentes Condiciones Generales, salvo por escrito y con la firma de ambas partes. La firma de cualquier conductor o agente de RIM en cualquier Documentaci\u00f3n ser\u00e1 \u00fanicamente para conveniencia de la parte que presente dicho env\u00edo y no constituir\u00e1 una aceptaci\u00f3n por parte de RIM de ning\u00fan t\u00e9rmino que var\u00ede de estos T\u00e9rminos y Condiciones.<\/p>\n<h2>2. Definiciones<\/h2>\n<p>\u00abRIM\u00bb significar\u00e1 R.I.M. Logistics Ltd., sociedad estadounidense con sede en Illinois que presta servicios al Cliente o Clientes.<br \/>\nPor \u00abCliente\u00bb se entender\u00e1 la persona o entidad a la que RIM presta servicios, as\u00ed como sus mandantes, agentes y\/o representantes, y sus expedidores, importadores, exportadores, transportistas, partes garantizadas, almacenistas, compradores y\/o vendedores, agente de los expedidores, aseguradores y suscriptores, agentes de carga fraccionada y consignatarios y cualquier parte que tenga un inter\u00e9s en el env\u00edo o servicio. Es responsabilidad del Cliente notificar estos T\u00e9rminos y Condiciones a todos los mandantes, agentes y\/o representantes con intereses en el Env\u00edo.<br \/>\n\u00abCONVENIO DE VARSOVIA\u00bb significa cualquiera de los siguientes instrumentos que sea aplicable al contrato de transporte: el Convenio para la unificaci\u00f3n de ciertas reglas relativas al transporte a\u00e9reo internacional, firmado en Varsovia el 12 de octubre de 1929; dicho Convenio modificado en La Haya el 28 de septiembre de 1955; dicho Convenio modificado en La Haya 1955 y por el Protocolo de Montreal n\u00ba 1, 2, o 4 (1975) seg\u00fan sea el caso. \u00abCONVENIO DE MONTREAL\u00bb significa el Convenio para la unificaci\u00f3n de ciertas reglas para el transporte a\u00e9reo internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999.<br \/>\n\u00abDerecho Especial de Giro\u00bb (\u00abDEG\u00bb) es definido por el Fondo Monetario Internacional (FMI) de acuerdo con las publicaciones vigentes del FMI. El tipo de cambio se basar\u00e1 en la fecha real de env\u00edo de la mercanc\u00eda.<br \/>\n\u00abDocumentaci\u00f3n\u00bb significar\u00e1 toda la informaci\u00f3n recibida del Cliente o de cualquier Tercero que act\u00fae en nombre del Cliente, o de RIM, ya sea en papel o en formato electr\u00f3nico.<\/p>\n<h2>3. RIM como agente<\/h2>\n<p>RIM act\u00faa como agente del Cliente a efectos de la prestaci\u00f3n de servicios de RIM para el Cliente, incluidos, entre otros, los deberes relacionados con la entrada y despacho de mercanc\u00edas, los servicios de posentrada, la presentaci\u00f3n de documentos de exportaci\u00f3n en nombre del Cliente y todas las dem\u00e1s gestiones con organismos gubernamentales, o para organizar servicios de transporte u otros servicios log\u00edsticos en cualquier calidad que no sea la de transportista. En cuanto al resto de servicios, RIM act\u00faa como contratista independiente en relaci\u00f3n con el Cliente.<\/p>\n<h2>4. Presupuestos no vinculantes<\/h2>\n<p>Las cotizaciones de tasas, aranceles, gastos de flete, primas de seguro y otros cargos que RIM proporcione al Cliente son meramente informativas y est\u00e1n sujetas a cambios sin previo aviso; ninguna cotizaci\u00f3n ser\u00e1 vinculante para RIM a menos que RIM acepte por escrito encargarse de la manipulaci\u00f3n o transporte del env\u00edo a una tasa o importe espec\u00edfico establecido en la cotizaci\u00f3n y que RIM y el Cliente acuerden las modalidades de pago.<\/p>\n<h2>5. Revisi\u00f3n y divulgaci\u00f3n<\/h2>\n<p>(a) El Cliente revisar\u00e1 la exactitud de todas las declaraciones y dem\u00e1s documentos que RIM prepare o presente a Terceros para el Cliente o en su nombre. El Cliente informar\u00e1 inmediatamente a RIM por escrito de cualquier error, discrepancia, declaraci\u00f3n incorrecta u omisi\u00f3n en cualquier declaraci\u00f3n u otro documento que RIM prepare o presente para el Cliente o en su nombre. El cliente es el \u00fanico responsable de cualquier inexactitud en las declaraciones y otros documentos anteriores. (b) El Cliente deber\u00e1 revelar a RIM toda la informaci\u00f3n necesaria para importar, exportar o introducir cualquier mercanc\u00eda objeto de los servicios prestados por RIM al Cliente o para \u00e9ste. A la hora de preparar y presentar las entradas en aduana, declaraciones de exportaci\u00f3n, solicitudes, documentos y datos de exportaci\u00f3n a cualquier Tercero, RIM podr\u00e1 basarse exclusivamente en el contenido de la Documentaci\u00f3n y en el resto de la informaci\u00f3n facilitada por el Cliente o por cualquier Tercero que act\u00fae en nombre o representaci\u00f3n del Cliente, y RIM no estar\u00e1 obligado a verificar la exactitud o integridad de dicha Documentaci\u00f3n y dem\u00e1s informaci\u00f3n. El Cliente garantiza y declara a RIM que la informaci\u00f3n consignada en el anverso de la gu\u00eda a\u00e9rea, conocimiento de embarque u otro documento de env\u00edo de RIM, o la informaci\u00f3n suministrada a RIM, o electr\u00f3nicamente en relaci\u00f3n con cualquier env\u00edo(s), es completa y exacta; y que cada bulto y\/o art\u00edculo del\/de los embarque(s) est\u00e1(n) descrito(s) correcta y completamente, incluyendo el peso y las medidas correctas, est\u00e1(n) adecuadamente embalado(s) para proteger las mercanc\u00edas adjuntas contra p\u00e9rdidas o da\u00f1os con el cuidado ordinario en su manipulaci\u00f3n, est\u00e1(n) debidamente clasificado(s), descrito(s), embalado(s), marcado(s) y etiquetado(s), y se encuentra(n) en condiciones adecuadas para su transporte, de conformidad con las reglamentaciones aplicables del Departamento de Transporte de los EE.UU. y del Departamento de Transporte de los Estados Unidos. UU y de la Administraci\u00f3n de Seguridad en el Transporte, incluidas, entre otras, todas las normativas que regulan el transporte de materiales peligrosos, independientemente del modo de transporte, basadas en 49 C.F.R. Partes 171, 172 y 173 o en la edici\u00f3n actual de la Normativa sobre Mercanc\u00edas Peligrosas de la Asociaci\u00f3n Internacional de Transporte A\u00e9reo (IATA). El incumplimiento por parte del Cliente de cualquiera de estas garant\u00edas eximir\u00e1 a RIM de toda responsabilidad por los da\u00f1os sufridos por cualquiera de los art\u00edculos como consecuencia de dicho incumplimiento, y tambi\u00e9n har\u00e1 responsable al Cliente frente a RIM de todas las reclamaciones, multas, sanciones, da\u00f1os, costes u otras sumas, incluidos los honorarios razonables de los abogados, en que incurra RIM como consecuencia de dicho incumplimiento.<\/p>\n<h2>6. Limitaciones de responsabilidad de terceros y otros t\u00e9rminos y condiciones de terceros.<\/h2>\n<p>Los terceros a los que RIM conf\u00ede los bienes del Cliente podr\u00e1n imponer los t\u00e9rminos y condiciones de su servicio, incluida la limitaci\u00f3n de su responsabilidad por p\u00e9rdidas o da\u00f1os. Si el Cliente no lo solicita por escrito, RIM no estar\u00e1 obligado a informar al Cliente sobre dichas limitaciones de responsabilidad u otros t\u00e9rminos o condiciones de un Tercero. RIM solicitar\u00e1 la cobertura del Tercero que exceda la limitaci\u00f3n del Tercero y la modificaci\u00f3n o renuncia de \u00e9ste a sus dem\u00e1s t\u00e9rminos y condiciones \u00fanicamente previa instrucci\u00f3n por escrito del Cliente, y el Cliente deber\u00e1 abonar todos los gastos correspondientes. En ausencia de instrucciones por escrito del Cliente, RIM podr\u00e1, a su discreci\u00f3n, entregar los bienes del Cliente a un Tercero sujeto a las limitaciones de responsabilidad del Tercero y a todos los dem\u00e1s t\u00e9rminos y condiciones del servicio del Tercero. El Cliente deber\u00e1 dar a RIM las instrucciones anteriores por escrito cuando solicite los servicios de RIM para una transacci\u00f3n concreta.<\/p>\n<h2>7. Seguros<\/h2>\n<p>La Empresa no est\u00e1 obligada a contratar un seguro en nombre del Cliente si \u00e9ste no lo solicita por escrito cuando solicita los servicios de la Empresa para una transacci\u00f3n concreta. El Cliente pagar\u00e1 todas las primas y costes incurridos por la Empresa en relaci\u00f3n con la contrataci\u00f3n del seguro solicitado. En caso de que RIM proporcione un seguro al Cliente, se aplicar\u00e1n al Cliente todas y cada una de las franquicias, exclusiones, restricciones o excepciones. El importe del seguro solicitado es responsabilidad directa de la parte que solicita la cobertura del seguro. RIM no se responsabiliza en modo alguno de los pagos debidos a un importe de seguro solicitado incorrecto. El importe del seguro (en d\u00f3lares enteros) debe ser igual al valor del env\u00edo (menos el coste de reposici\u00f3n o el precio de venta) m\u00e1s el seguro, los impuestos devengados y los gastos de transporte, m\u00e1s un 10%. Si no se inserta al menos el valor total de la factura del env\u00edo, se reducir\u00e1 cualquier pago del seguro proporcionalmente al porcentaje aplicable de que el env\u00edo estaba infraasegurado.<\/p>\n<h2>8. 8. Garant\u00eda limitada<\/h2>\n<p>(a) Salvo que se estipule lo contrario en el presente documento, RIM garantiza al Cliente que utilizar\u00e1 el cuidado, la diligencia y la destreza razonables para prestar los servicios de RIM, y RIM no ofrece ninguna otra garant\u00eda expresa o impl\u00edcita en relaci\u00f3n con sus servicios o los servicios de Terceros. (b) La recomendaci\u00f3n o contrataci\u00f3n por parte de RIM de un Tercero para que preste servicios para el Cliente o en su nombre no constituir\u00e1 representaci\u00f3n o garant\u00eda por parte de RIM de que dicho Tercero prestar\u00e1 los servicios adecuados. RIM no ser\u00e1 responsable ante el Cliente por ning\u00fan acto negligente o intencionado, omisi\u00f3n o inacci\u00f3n de dichos Terceros, incluyendo, sin limitaci\u00f3n, cualquier retraso o p\u00e9rdida que se produzca mientras un env\u00edo se encuentre bajo la custodia o control de un Tercero. RIM no ser\u00e1 responsable de la selecci\u00f3n o contrataci\u00f3n negligente de un Tercero. El Cliente presentar\u00e1 todas las reclamaciones relacionadas con cualquier acto, omisi\u00f3n o inacci\u00f3n negligente o intencionada de un Tercero exclusivamente contra dicho Tercero, independientemente de que \u00e9ste haya sido recomendado o contratado por RIM. RIM no ser\u00e1 responsable ante el Cliente de ning\u00fan retraso o p\u00e9rdida causados por la selecci\u00f3n o cambio de una ruta o procedimiento de env\u00edo concreto, tanto si ha sido recomendado, seleccionado o cambiado por RIM o por un Tercero como si no lo ha sido. (c) RIM s\u00f3lo ser\u00e1 responsable de sus propias acciones y omisiones, incluido el incumplimiento por parte de RIM de las presentes condiciones, de los t\u00e9rminos de cualquier factura o conocimiento de embarque, y de los t\u00e9rminos de cualquier otro acuerdo con el Cliente, quedando limitada la responsabilidad de RIM al respecto.<\/p>\n<h2>9. L\u00edmites de responsabilidad<\/h2>\n<p>RIM no ser\u00e1 responsable de las p\u00e9rdidas, da\u00f1os, retrasos o p\u00e9rdidas monetarias de cualquier tipo causados por: casos fortuitos; actos de las autoridades p\u00fablicas que act\u00faen con autoridad real o aparente; huelgas; conflictos laborales; condiciones meteorol\u00f3gicas; fallos mec\u00e1nicos; fallos de aeronaves; conmociones civiles; actos u omisiones de funcionarios de aduanas o cuarentena; actos de los transportistas relacionados con la seguridad; la naturaleza del Env\u00edo o cualquier defecto del mismo; actos de enemigos p\u00fablicos; peligros incidentales a un estado de guerra; actos de terrorismo; o actos, incumplimientos u omisiones del remitente, incluyendo pero no limitado a, embalaje inadecuado o incorrecto, marcado, direccionamiento o el suministro de instrucciones de env\u00edo incompletas o inexactas, Documentaci\u00f3n o informaci\u00f3n relacionada. RIM no ser\u00e1 responsable de la p\u00e9rdida, da\u00f1o o deterioro por demora, p\u00e9rdida o da\u00f1o consecuente, da\u00f1o o destrucci\u00f3n de la carga por temperaturas extremas, cambios de presi\u00f3n atmosf\u00e9rica, vicio inherente o polilla, insectos, alima\u00f1as, infestaci\u00f3n, desgaste o deterioro. RIM no ser\u00e1 responsable de la p\u00e9rdida o da\u00f1os sufridos por los contenedores de env\u00edo o cualquier embalaje exterior. La responsabilidad de RIM por p\u00e9rdidas, da\u00f1os, demoras u otras p\u00e9rdidas monetarias sufridas en relaci\u00f3n con los servicios prestados por RIM se limita a lo estipulado a continuaci\u00f3n, a menos que el Cliente y RIM acuerden, antes de que RIM preste servicios con respecto a un Env\u00edo, una mayor responsabilidad por parte de RIM o una cobertura a trav\u00e9s de la p\u00f3liza mar\u00edtima a todo riesgo de RIM, hasta el valor real o declarado del Env\u00edo, sujeto a una tarifa por dicha mayor responsabilidad o cobertura:<br \/>\n9.1 Cuando la reclamaci\u00f3n se derive de actividades relacionadas con la actividad aduanera, incluidas las actividades de la estaci\u00f3n de carga de contenedores, la responsabilidad de RIM se limitar\u00e1 a 50 USD por entrada o al importe de las tasas de corretaje pagadas a RIM por la entrada, si \u00e9ste fuera inferior.<br \/>\n9.2 Cuando la reclamaci\u00f3n se derive de actividades relacionadas con el almacenamiento o transporte nacional de mercanc\u00edas nuevas dentro de Estados Unidos o procedentes de Estados Unidos con destino a Canad\u00e1, la responsabilidad de RIM se limitar\u00e1 a la menor de las siguientes cantidades: (a) $50.00 por Embarque o $0.50 por libra por pieza de carga perdida, da\u00f1ada, entregada err\u00f3neamente o afectada negativamente de cualquier otra manera, lo que sea mayor; (b)El valor de sustituci\u00f3n del art\u00edculo o art\u00edculos afectados por un art\u00edculo del mismo tipo y calidad; (c) el coste para el cliente del art\u00edculo o art\u00edculos afectados; o (d) El coste de reparaci\u00f3n en caso de que un elemento reclamado pueda ser reparado. Si un art\u00edculo reclamado como da\u00f1ado no puede ser reparado, el Cliente deber\u00e1 proporcionar, a sus expensas, una evaluaci\u00f3n de terceros y\/o un informe t\u00e9cnico que detalle el alcance del da\u00f1o y por qu\u00e9 el art\u00edculo no puede ser reparado.<br \/>\n9.3 Cuando la reclamaci\u00f3n se derive de actividades relacionadas con el almacenamiento o transporte nacional de mercanc\u00edas usadas dentro de Estados Unidos o procedentes de Estados Unidos con destino a Canad\u00e1, la responsabilidad de RIM se limitar\u00e1 a la menor de las siguientes cantidades: (a)$10.00 por Embarque o $0.10 por libra por pieza de carga perdida, da\u00f1ada, entregada err\u00f3neamente o afectada negativamente de cualquier otra manera, lo que sea mayor; (b)El valor de sustituci\u00f3n del art\u00edculo o art\u00edculos afectados por un art\u00edculo del mismo tipo y calidad; (c) el coste para el cliente del art\u00edculo o art\u00edculos afectados; o (d) El coste de reparaci\u00f3n en caso de que un elemento reclamado pueda ser reparado. Si un art\u00edculo reclamado como da\u00f1ado no puede ser reparado, el Cliente deber\u00e1 proporcionar, a sus expensas, una evaluaci\u00f3n de terceros y\/o un informe t\u00e9cnico que detalle el alcance del da\u00f1o y por qu\u00e9 el art\u00edculo no puede ser reparado.<br \/>\n9.4 Cuando la reclamaci\u00f3n surja de actividades relacionadas con el transporte de mercanc\u00edas dentro de Canad\u00e1 o procedentes de Canad\u00e1 con destino a Estados Unidos, la responsabilidad de RIM se limitar\u00e1 a la menor de las siguientes cantidades (a) El valor del Env\u00edo en el lugar y momento de origen; o (b) $2.00 canadienses por libra por pieza de carga perdida, da\u00f1ada, entregada err\u00f3neamente o afectada negativamente de cualquier otra manera. (c) En el momento de la entrega, el destinatario debe anotar en el recibo de entrega cualquier excepci\u00f3n al recuento o al estado del env\u00edo o de los contenedores de transporte.<br \/>\n9.5 Cuando la reclamaci\u00f3n surja de actividades relacionadas con el transporte de mercanc\u00edas que circulen por v\u00eda a\u00e9rea internacional, la responsabilidad de RIM est\u00e1 limitada, en virtud del Convenio de Varsovia enmendado por el Protocolo n\u00ba 4 de Montreal, a 22 derechos especiales de giro (DEG) por kilogramo del art\u00edculo o art\u00edculos afectados perdidos, da\u00f1ados, entregados incorrectamente o perjudicados de cualquier otra forma.<br \/>\n9.6 Cuando la reclamaci\u00f3n se derive de actividades relacionadas con el transporte mar\u00edtimo de mercanc\u00edas, la responsabilidad de RIM se limitar\u00e1, de conformidad con la Ley de Transporte Mar\u00edtimo de Mercanc\u00edas y\/o la Ley Harter, a 500 $ por unidad de env\u00edo del art\u00edculo o art\u00edculos afectados perdidos, da\u00f1ados, entregados incorrectamente o perjudicados de cualquier otro modo. Consulte las condiciones de RIM Ocean HB para m\u00e1s detalles. En caso de que la carga sufra da\u00f1os por agua debido a un contenedor mar\u00edtimo da\u00f1ado, el Cliente deber\u00e1 documentar los da\u00f1os del contenedor con fotos que incluyan el n\u00famero de contenedor, los da\u00f1os del contenedor y los da\u00f1os de la carga. La no presentaci\u00f3n de fotos puede dar lugar a la denegaci\u00f3n de la solicitud.<br \/>\nEn el momento de la entrega, el destinatario debe anotar en el albar\u00e1n de entrega cualquier excepci\u00f3n al recuento o al estado del env\u00edo o de los contenedores de transporte. RIM no ser\u00e1 responsable de p\u00e9rdidas o da\u00f1os ocultos que no consten en el recibo de entrega y\/o que no coincidan con signos visibles de da\u00f1os en el\/los contenedor\/es exterior\/es de env\u00edo, a menos que el Cliente lo notifique por escrito a RIM en un plazo de 48 horas a partir de la entrega y pueda demostrar que dicha p\u00e9rdida o da\u00f1o se produjo mientras el env\u00edo estaba en posesi\u00f3n de RIM o de un agente de RIM. Un recibo de entrega claro ser\u00e1 prueba prima facie del cuidado ordinario en la manipulaci\u00f3n y recepci\u00f3n del env\u00edo o env\u00edos en su totalidad y en buenas condiciones. Anotaciones como \u00absujeto a inspecci\u00f3n o recuento\u00bb no se considerar\u00e1n prueba de da\u00f1o o falta. En ning\u00fan caso RIM ser\u00e1 responsable de da\u00f1os especiales, accidentales, consecuentes o punitivos, incluidos, entre otros, la p\u00e9rdida de beneficios o la p\u00e9rdida de mercado, independientemente de que RIM tuviera o no conocimiento de que dichos da\u00f1os o p\u00e9rdidas pudieran producirse. En ning\u00fan caso la responsabilidad de RIM por p\u00e9rdidas agregadas en un momento dado y en un lugar determinado exceder\u00e1 de 50.000 d\u00f3lares, a menos que ambas partes lo acuerden mutuamente por escrito antes de la presentaci\u00f3n del env\u00edo o env\u00edos. Cuando el Cliente desee declarar el valor de un env\u00edo compuesto por m\u00e1s de una pieza, ser\u00e1 responsabilidad del Cliente colocar una etiqueta numerada en cada una de dichas piezas y declarar el valor correspondiente a cada n\u00famero en el espacio previsto para ello en el anverso de los documentos de env\u00edo. De no cumplirse este requisito, la responsabilidad del MRI por p\u00e9rdida o da\u00f1o de cualquier parte de dicho env\u00edo se limitar\u00e1 al valor medio declarado del env\u00edo multiplicado por el n\u00famero de la(s) pieza(s) perdida(s) o da\u00f1ada(s).<\/p>\n<h2>10. Reclamaciones<\/h2>\n<p>RIM no admitir\u00e1 ninguna reclamaci\u00f3n a menos que se presente por escrito dentro del plazo establecido en el presente documento. El cliente deber\u00e1 presentar el formulario de reclamaci\u00f3n formal del RIM, junto con los documentos necesarios, en la oficina local del RIM encargada del env\u00edo\/almacenamiento\/desembarque de la mercanc\u00eda. Una vez recibido el formulario de reclamaci\u00f3n formal cumplimentado y todos los documentos requeridos, se asignar\u00e1 un n\u00famero de reclamaci\u00f3n y se enviar\u00e1 al reclamante un acuse de recibo de la reclamaci\u00f3n por escrito en un plazo de 30 d\u00edas. RIM investigar\u00e1 la reclamaci\u00f3n y notificar\u00e1 la conclusi\u00f3n al reclamante en un plazo de 120 d\u00edas a partir de la recepci\u00f3n de la reclamaci\u00f3n. Si una reclamaci\u00f3n no puede cerrarse en un plazo de 120 d\u00edas, el RIM notificar\u00e1 al reclamante cada 60 d\u00edas la disposici\u00f3n de la reclamaci\u00f3n. Las solicitudes que se presenten con documentos parciales o a las que les falten elementos necesarios para concluir una solicitud ser\u00e1n denegadas. Todos los gastos incurridos con RIM para transportar, manipular o almacenar las mercanc\u00edas deben abonarse en su totalidad antes de efectuar el pago de cualquier reclamaci\u00f3n. El pago de los siniestros puede efectuarse en forma de nota de cr\u00e9dito.<br \/>\n10.1 En el momento de la entrega, el destinatario firmar\u00e1 un recibo de entrega acusando recibo del Env\u00edo y de cualquier excepci\u00f3n aparente al buen orden, recuento y estado del Env\u00edo. Cualquier excepci\u00f3n adicional descubierta durante una nueva inspecci\u00f3n en presencia del conductor se anotar\u00e1 en el albar\u00e1n de entrega. Si en el recibo de entrega no se hace constar ninguna excepci\u00f3n de orden, recuento o estado, se presumir\u00e1 que el env\u00edo ha sido entregado en el mismo orden, recuento y estado en que fue recibido inicialmente por RIM. Anotaciones como \u00absujeto a inspecci\u00f3n\u00bb y \u00absujeto a recuento\u00bb no constituyen excepciones al buen estado, recuento y condici\u00f3n del Env\u00edo.<br \/>\n10.2 En caso de reclamaciones derivadas de actividades relacionadas con el almacenamiento o transporte nacional de mercanc\u00edas dentro de los Estados Unidos, si se descubriera posteriormente cualquier p\u00e9rdida o da\u00f1o no determinable en el momento de la entrega, deber\u00e1 notificarse por escrito a RIM a m\u00e1s tardar 14 d\u00edas despu\u00e9s de la fecha de entrega, transcurridos los cuales sin que se haya notificado, se presumir\u00e1 que el Env\u00edo ha sido entregado en el mismo buen estado, cantidad y condiciones en que fue recibido inicialmente por RIM.<br \/>\n10.3 Cuando las reclamaciones se deriven de actividades relacionadas con el transporte mar\u00edtimo de mercanc\u00edas, a menos que se notifique por escrito la p\u00e9rdida y la naturaleza general de la misma a RIM en el puerto de descarga o lugar de entrega antes o en el momento de la entrega de las mercanc\u00edas o, si la p\u00e9rdida no es evidente, en el plazo de tres (3) d\u00edas consecutivos tras dicha entrega, se presumir\u00e1 que las mercanc\u00edas han sido entregadas en el mismo buen estado, cantidad y condiciones en que fueron recibidas inicialmente por RIM.<br \/>\n10.4 A menos que se especifique lo contrario, si un Env\u00edo se retrasa, se pierde o no se entrega por cualquier otro motivo, deber\u00e1 notificarse por escrito a RIM a m\u00e1s tardar 14 d\u00edas despu\u00e9s de la fecha en que deber\u00eda haberse entregado el Env\u00edo, transcurridos los cuales sin que se haya dado aviso, se presumir\u00e1 que el Env\u00edo ha sido entregado en el mismo buen estado, cantidad y condiciones en que fue recibido inicialmente por RIM.<br \/>\n10.5 RIM tendr\u00e1 derecho a inspeccionar el Env\u00edo y todos los materiales utilizados para embalar o proteger el Env\u00edo en el lugar de entrega, en las mismas condiciones en que se encontraba en el momento de la entrega. La falta de mantenimiento del env\u00edo en el lugar de entrega puede dar lugar a la declinaci\u00f3n de la reclamaci\u00f3n. La no presentaci\u00f3n del material de embalaje para la inspecci\u00f3n puede dar lugar a la denegaci\u00f3n de la reclamaci\u00f3n.<br \/>\n10.6 Incumbe al demandante y a cualquier otra parte interesada mitigar los da\u00f1os en la medida en que sea razonablemente posible.<br \/>\n10.7 Salvo que una ley o convenio internacional espec\u00edfico establezca un plazo m\u00e1s largo, todas las reclamaciones por p\u00e9rdidas, da\u00f1os o retrasos deber\u00e1n presentarse por escrito mediante un formulario formal de reclamaci\u00f3n de RIM en un plazo de 14 d\u00edas en la oficina local de RIM o en la oficina corporativa de RIM situada en 200 North Gary Avenue, Roselle, IL 60172, EE.UU., Attn: Claims, o enviarse por correo electr\u00f3nico a claims@RIMlogistics.com. Dichas reclamaciones deben incluir copias de todos los documentos de env\u00edo, recibos de entrega, facturas, fotos y cualquier otro documento que apoye la reclamaci\u00f3n. La falta de notificaci\u00f3n a tiempo ser\u00e1 una defensa completa ante cualquier demanda o acci\u00f3n iniciada por el Cliente por la p\u00e9rdida, da\u00f1o o retraso. A menos que se presente una reclamaci\u00f3n por escrito dentro de los plazos especificados en el presente documento, no se podr\u00e1 emprender ninguna acci\u00f3n contra RIM. Las anotaciones de da\u00f1os y\/o p\u00e9rdidas en el albar\u00e1n de entrega NO se consideran notificaci\u00f3n.<br \/>\n10.8 Salvo que una ley espec\u00edfica o un convenio internacional establezca un plazo m\u00e1s largo, la demanda de indemnizaci\u00f3n por cualquier p\u00e9rdida, da\u00f1o o retraso deber\u00e1 interponerse dentro de los siguientes plazos:<br \/>\n10.8.1 Para reclamaciones derivadas del transporte mar\u00edtimo, un a\u00f1o a partir de la fecha en que la reclamaci\u00f3n haya sido denegada por escrito, total o parcialmente, por RIM.<br \/>\n10.8.2 Para reclamaciones derivadas de transporte a\u00e9reo o terrestre, dos a\u00f1os a partir de la fecha en que la reclamaci\u00f3n haya sido denegada por escrito, total o parcialmente, por RIM.<br \/>\n10.8.3 Para las reclamaciones derivadas de la preparaci\u00f3n y\/o presentaci\u00f3n de una entrada de importaci\u00f3n, 60 d\u00edas a partir de la fecha de liquidaci\u00f3n de la entrada.<br \/>\n10.9 Todas las demandas para recuperar una reclamaci\u00f3n deben presentarse ante un tribunal estatal o federal situado en el condado de Cook, Illinois. El Cliente y RIM aceptan la jurisdicci\u00f3n personal de dichos tribunales y renuncian a cualquier objeci\u00f3n al respecto. Los derechos y obligaciones de las partes se determinar\u00e1n de acuerdo con las leyes aplicables de Estados Unidos o de un convenio internacional y, en su defecto, con las leyes del Estado de Illinois.<br \/>\n10.10 No se tendr\u00e1 en cuenta ninguna reclamaci\u00f3n hasta que se hayan abonado \u00edntegramente todos los gastos de transporte, almacenamiento, dep\u00f3sito, sobrestad\u00eda u otros cargos, actuales y vencidos, que el Cliente adeude a RIM. El importe de las reclamaciones de flete no podr\u00e1 deducirse de los gastos de transporte.<br \/>\n10.11 Si RIM paga una reclamaci\u00f3n por p\u00e9rdida o da\u00f1o de un Env\u00edo, RIM tendr\u00e1 derecho a la posesi\u00f3n de la parte del Env\u00edo por la que se present\u00f3 la reclamaci\u00f3n o al valor de salvamento de la misma.<br \/>\n10.12 Las reclamaciones por sobrecargos o pagos duplicados deber\u00e1n ser recibidas por escrito por RIM a m\u00e1s tardar 180 d\u00edas despu\u00e9s de la recepci\u00f3n por parte del Cliente de la factura original de RIM; y, siempre que dicha reclamaci\u00f3n haya sido presentada a tiempo, cualquier acci\u00f3n o procedimiento por parte del Cliente contra RIM para recuperar dichos cargos deber\u00e1 iniciarse a m\u00e1s tardar 18 meses despu\u00e9s de la recepci\u00f3n por parte del Cliente de la factura aplicable de RIM.<br \/>\n10.13 Las reclamaciones por da\u00f1os a las instalaciones del Cliente, del expedidor y\/o del destinatario que se produzcan durante la prestaci\u00f3n de servicios por parte de RIM se considerar\u00e1n extempor\u00e1neas a menos que dichos da\u00f1os se indiquen en el conocimiento de embarque o en el recibo de entrega, o a menos que se notifiquen a RIM por escrito a 200 North Gary Avenue, Roselle, IL 60172 USA, Attn: Claims o claims@RIMlogistics.com dentro de las 24 horas siguientes a la prestaci\u00f3n de servicios en dicho lugar. RIM tendr\u00e1 derecho a inspeccionar los da\u00f1os materiales antes de proceder a cualquier reparaci\u00f3n. El hecho de que el Cliente, el expedidor y\/o el destinatario no notifiquen a RIM dichos da\u00f1os a su debido tiempo ser\u00e1 motivo para rechazar cualquier reclamaci\u00f3n y servir\u00e1 de impedimento para cualquier recuperaci\u00f3n ante un tribunal o de otro modo.<br \/>\n10.14 Salvo que se disponga lo contrario en cualquier ley, tratado o convenio internacional, el Cliente deber\u00e1 iniciar todas las acciones judiciales y dem\u00e1s procedimientos contra RIM en un plazo de 90 d\u00edas a partir de la fecha en que el asunto, hecho, cosa, suceso, no suceso, p\u00e9rdida o da\u00f1o objeto de la acci\u00f3n judicial u otro procedimiento se produjera o dejara de producirse por primera vez, a menos que se indique lo contrario en este documento. Las limitaciones anteriores: (a) se aplicar\u00e1n a las reconvenciones y acciones de recuperaci\u00f3n o compensaci\u00f3n, independientemente de la fecha en que RIM inicie su acci\u00f3n contra el Cliente, y (b) redundar\u00e1 en beneficio de las empresas subsidiarias, filiales, accionistas, consejeros, directivos, empleados y contratistas de RIM, en caso de que alguno de ellos sea nombrado en dicho juicio u otro procedimiento.<\/p>\n<h2>11. Carga prohibida<\/h2>\n<p>Los siguientes art\u00edculos no se entregar\u00e1n a RIM para su transporte: Cualquier env\u00edo prohibido por la ley, aeronaves, piezas de aeronaves, animales (vivos), antig\u00fcedades, obras de arte, bellas artes, estatuas, baldosas de amianto, billetes de banco, sangre\/productos sangu\u00edneos, mercanc\u00edas a granel, cemento, confiter\u00eda\/chocolates, divisas, mercanc\u00edas peligrosas etiqueta roja, huevos con c\u00e1scara, explosivos\/fuegos artificiales, fertilizantes, armas de fuego y munici\u00f3n, harina de pescado, pieles y cueros (procesados y sin procesar), gemas y piedras preciosas, oro y lingotes, iPods, IPads, joyas (no de fantas\u00eda), carnes\/mariscos (frescos, combustibles nucleares, art\u00edculos o prototipos \u00fanicos, PDA, dispositivos port\u00e1tiles y accesorios, productos de perfumer\u00eda, productos farmac\u00e9uticos, plantas\/flores (vivas), metales preciosos, valores, dinero, art\u00edculos de plata, sellos, productos del tabaco\/cigarrillos, mercanc\u00edas no protegidas o no embaladas, alfombras valiosas (persas, orientales), documentos valiosos (bonos, escrituras, documentos, manuscritos, planos, valores, sellos, billetes del Tesoro, etc.), relojes, yates, tubos de rayos X o similares. Esta lista no es exhaustiva; p\u00f3ngase en contacto con RIM para determinar si existen exclusiones basadas en productos espec\u00edficos. Pueden aplicarse exclusiones a mercanc\u00edas generales como bienes usados, autom\u00f3viles y\/o veh\u00edculos, mercanc\u00edas embolsadas, productos de cer\u00e1mica y porcelana incluidos los azulejos, efectos personales, enseres dom\u00e9sticos, losas de granito y azulejos.<br \/>\nRIM no ser\u00e1 responsable de p\u00e9rdidas, da\u00f1os, retrasos, responsabilidades, sanciones o multas resultantes del transporte de cualquiera de los art\u00edculos anteriores, independientemente de c\u00f3mo se describan o describan err\u00f3neamente en la Documentaci\u00f3n de env\u00edo, y ning\u00fan empleado o agente de RIM tiene autoridad para aceptar el transporte de dichos art\u00edculos ni para renunciar a las limitaciones aqu\u00ed contenidas. RIM se reserva el derecho a rechazar cualquiera de dichos env\u00edos antes de su aceptaci\u00f3n. En caso de que RIM descubra, tras la aceptaci\u00f3n de un env\u00edo, que \u00e9ste contiene alguno de los art\u00edculos mencionados, se reserva el derecho a rechazar el env\u00edo o, si ya se encuentra en tr\u00e1nsito, a negarse a entregar el env\u00edo al destinatario. El Cliente se compromete a pagar todos los gastos, fletes, multas y penalizaciones de dicho Env\u00edo. Asimismo, el Cliente acuerda indemnizar y eximir a RIM de toda p\u00e9rdida, da\u00f1o, retraso, responsabilidad, sanci\u00f3n o multa de cualquier naturaleza que surja o est\u00e9 relacionada de cualquier modo con dicho Env\u00edo.<\/p>\n<h2>12. Dinero adelantado<\/h2>\n<p>Todos los cargos deber\u00e1n ser abonados por el Cliente por adelantado, a menos que RIM acuerde por escrito conceder cr\u00e9dito al Cliente en virtud de una Solicitud de cr\u00e9dito firmada. La concesi\u00f3n de un cr\u00e9dito por parte de RIM al Cliente en relaci\u00f3n con una transacci\u00f3n concreta no constituir\u00e1 el consentimiento de RIM para conceder cr\u00e9ditos en el futuro.<\/p>\n<h2>13. Indemnizaci\u00f3n<\/h2>\n<p>El Cliente indemnizar\u00e1, defender\u00e1, se abstendr\u00e1 de demandar y mantendr\u00e1 indemne para siempre a RIM y a sus filiales, afiliados, accionistas, consejeros, directivos, empleados, agentes, contratistas, representantes y Terceros contratados por RIM, frente a todas las reclamaciones, da\u00f1os, p\u00e9rdidas, demandas, procedimientos administrativos, cualquier otro procedimiento, responsabilidad, costes y gastos, dondequiera y cuandoquiera que se produzcan, causados total o parcialmente por o relacionados con: (a) cualquier condici\u00f3n latente o patente, cualquier calidad, o cualquier parte de la mercanc\u00eda del Cliente, (b) cualquier conducta, omisi\u00f3n o declaraci\u00f3n err\u00f3nea, por parte del Cliente o de cualquier Tercero que act\u00fae en nombre del Cliente, ya sea intencionada, no intencionada, negligente o que infrinja, a sabiendas o no, cualquier ley, tratado, convenci\u00f3n, acuerdo, Documentaci\u00f3n o pr\u00e1ctica del sector, (c) cualquier Documentaci\u00f3n, informaci\u00f3n o instrucci\u00f3n, o la falta de la misma, facilitada o no a RIM o a cualquier Tercero por el Cliente o por cualquier Tercero que act\u00fae en nombre o representaci\u00f3n del Cliente, y (d) cualquier liberaci\u00f3n de los bienes del Cliente por parte de RIM en contra de las instrucciones de un Tercero. A t\u00edtulo de ejemplo y no limitativo, lo anterior incluir\u00e1 las reclamaciones por da\u00f1os materiales, lesiones corporales y fallecimiento; multas y sanciones; los gastos de viajes nacionales e internacionales; los gastos de almacenamiento y sobrestad\u00eda; el alojamiento, las comidas y los honorarios de consultores, expertos y abogados.<\/p>\n<h2>14. Aceptaci\u00f3n y pago de los env\u00edos<\/h2>\n<p>RIM no tendr\u00e1 responsabilidad alguna en caso de que un banco, consignatario u otro Tercero: (a) acepte o se niegue a aceptar cualquier env\u00edo, carta de cr\u00e9dito, conocimiento de embarque u otros documentos, o (b) pague o se niegue a pagar por cualquier env\u00edo, independientemente de lo dispuesto en una carta de cr\u00e9dito, conocimiento de embarque o lo dispuesto en otros documentos o instrucciones. El cliente ser\u00e1 responsable de todos los cargos y gastos incurridos o evaluados por RIM en relaci\u00f3n con un env\u00edo y\/o su transporte y\/o almacenamiento. Los importes adeudados se abonar\u00e1n sin deducciones ni compensaciones en el momento en que RIM emita la factura por dichos servicios, a menos que ambas partes acuerden lo contrario en un contrato por escrito. RIM podr\u00e1, a su entera discreci\u00f3n, aumentar, reducir, suspender o revocar el cr\u00e9dito en cualquier momento, por cualquier motivo y sin previo aviso.<\/p>\n<h2>15. Costes de cobro; intereses<\/h2>\n<p>El Cliente deber\u00e1 abonar a RIM, previa solicitud, todos los gastos y costes incurridos o pagados por RIM, incluidos los honorarios de consultores, expertos y abogados, en cualquier litigio para hacer cumplir estas Condiciones generales, las facturas de RIM o los conocimientos de embarque de RIM, incluido, a t\u00edtulo meramente enunciativo y no limitativo, el cobro de los pagos adeudados por el Cliente a RIM. Todos los importes vencidos adeudados por el Cliente a RIM en virtud de cualquier factura o conocimiento de embarque, o en virtud de las presentes condiciones, devengar\u00e1n intereses simples al tipo del 1,5% mensual.<\/p>\n<h2>16. Gravamen general y garant\u00eda real<\/h2>\n<p>Estas condiciones constituyen un acuerdo de seguridad. Para garantizar el cumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones en virtud de estos t\u00e9rminos y condiciones, cualquier conocimiento de embarque de RIM o cualquier factura, RIM tendr\u00e1 un derecho de retenci\u00f3n general y continuo, as\u00ed como un inter\u00e9s de garant\u00eda en todos y cada uno de los bienes y otras propiedades del Cliente de los que RIM tenga custodia, posesi\u00f3n o control real o impl\u00edcito, independientemente de que el importe impagado o la obligaci\u00f3n incumplida est\u00e9n o no relacionados con la propiedad por la que RIM impone su derecho de retenci\u00f3n. RIM podr\u00e1, previo aviso al Cliente con diez d\u00edas de antelaci\u00f3n, vender tales mercanc\u00edas y otros bienes en una venta p\u00fablica o privada, o bien RIM podr\u00e1 retener dichas mercanc\u00edas y otros bienes en almac\u00e9n. Independientemente de que RIM venda o almacene dichos bienes y otras propiedades, el Cliente pagar\u00e1, previa solicitud, todos los costes y gastos de la venta o almacenamiento, incluidos los honorarios de expertos, consultores, abogados, subastadores y todos los gastos de transporte, y cualquier producto neto restante ser\u00e1 reembolsado al Cliente. Todos los pagos efectuados por el Cliente y el producto de todas las ventas de los bienes y otras propiedades del Cliente se aplicar\u00e1n en el siguiente orden de prioridad: en primer lugar, a los intereses devengados; a continuaci\u00f3n, a los costes y gastos de RIM que el Cliente est\u00e9 obligado a pagar en virtud de las presentes condiciones; por \u00faltimo, al principal pendiente de pago.<\/p>\n<h2>17. No obligaci\u00f3n de mantener registros para el cliente<\/h2>\n<p>El Cliente reconoce que, de conformidad con los art\u00edculos 508 y 509 de la Ley Arancelaria, en su versi\u00f3n modificada (19 USC \u00a71508 y 1509), tiene la obligaci\u00f3n exclusiva y es el \u00fanico responsable de mantener todos los registros exigidos en virtud de la misma. RIM s\u00f3lo conservar\u00e1 los registros que est\u00e9 obligada a mantener en virtud de la legislaci\u00f3n aplicable, pero al hacerlo no actuar\u00e1 como \u00abconservador de registros\u00bb o \u00abagente de conservaci\u00f3n de registros\u00bb del Cliente.<\/p>\n<h2>18. Obtenci\u00f3n de resoluciones vinculantes, presentaci\u00f3n de protestas<\/h2>\n<p>RIM no estar\u00e1 obligada a emprender ninguna acci\u00f3n de despacho de aduanas, incluidas, entre otras, la obtenci\u00f3n de resoluciones vinculantes, el aviso de liquidaciones, la presentaci\u00f3n de peticiones o protestas, o la determinaci\u00f3n o declaraci\u00f3n del valor de las mercanc\u00edas o env\u00edos, sin la oportuna declaraci\u00f3n escrita del Cliente entregada a RIM. Adem\u00e1s, RIM no estar\u00e1 obligado a recaudar fondos para el Cliente de ning\u00fan Tercero.<\/p>\n<h2>19. Preparaci\u00f3n y emisi\u00f3n de conocimientos de embarque<\/h2>\n<p>Siempre que RIM prepare o emita un conocimiento de embarque, RIM no tendr\u00e1 obligaci\u00f3n de especificar en el mismo el n\u00famero de piezas, bultos o cajas, a menos que el Cliente o su agente lo soliciten espec\u00edficamente por escrito, y el Cliente pagar\u00e1 por los mismos la tarifa vigente en ese momento de RIM. Al hacerlo, RIM podr\u00e1 basarse en el peso de la carga y en cualquier otra informaci\u00f3n o documentaci\u00f3n facilitada por el Cliente o su agente, y utilizarlos, sin verificar su exactitud.<\/p>\n<h2>20. Exclusivo, Modificaciones<\/h2>\n<p>Para cada env\u00edo, estos t\u00e9rminos y condiciones y las facturas y conocimientos de embarque de RIM correspondientes a dicho env\u00edo establecen la totalidad del acuerdo de las partes con respecto a dicho env\u00edo. Sin previo aviso al Cliente, RIM podr\u00e1 modificar peri\u00f3dicamente estos t\u00e9rminos y condiciones publicando el cambio en el sitio web de RIM en www.RIMlogistics.com, y dichos t\u00e9rminos y condiciones modificados se aplicar\u00e1n a todos los env\u00edos futuros. Por lo tanto, el Cliente deber\u00e1 revisar estos t\u00e9rminos y condiciones antes de realizar un pedido a RIM de los servicios de RIM.<\/p>\n<h2>21. Compensaci\u00f3n de RIM<\/h2>\n<p>La remuneraci\u00f3n de RIM por sus servicios se incluir\u00e1 y se sumar\u00e1 a las tarifas y cargos de los Terceros que transporten, manipulen y traten de otro modo con las mercanc\u00edas del Cliente, y dicha remuneraci\u00f3n a RIM se efectuar\u00e1 sin tener en cuenta los corretajes, comisiones, dividendos u otros ingresos percibidos por RIM de Terceros. El cumplimiento por parte del Cliente de estos t\u00e9rminos y condiciones y de las disposiciones de las facturas de RIM, incluidas las obligaciones de pago del Cliente a RIM, no estar\u00e1 sujeto a ninguna reclamaci\u00f3n, reconvenci\u00f3n, compensaci\u00f3n o devoluci\u00f3n, incluidas, entre otras, las reclamaciones de que RIM ha incumplido materialmente cualquiera de sus obligaciones para con el Cliente.<\/p>\n<h2>22. Recargo por combustible y seguridad<\/h2>\n<p>Debido a fluctuaciones y cambios extremos en el sector, RIM se reserva el derecho a aplicar un recargo por combustible o seguridad a los env\u00edos y almacenes aplicables. Si lo desea, puede solicitar una lista actualizada de los recargos por combustible.<\/p>\n<h2>23. Divisibilidad<\/h2>\n<p>Si un tribunal determina que alguno de estos t\u00e9rminos y condiciones o alguna disposici\u00f3n de cualquier factura o conocimiento de embarque de RIM es inv\u00e1lida o inaplicable, el resto de los mismos permanecer\u00e1 en pleno vigor y efecto, y el Cliente consiente en que se modifiquen estos t\u00e9rminos y condiciones, la factura y el conocimiento de embarque para hacerlos aplicables y, al mismo tiempo, mantener la mayor similitud posible con el original.<\/p>\n<h2>24. Ley aplicable, jurisdicci\u00f3n, sede, ausencia de jurado<\/h2>\n<p>Todos los asuntos entre la Empresa y el Cliente, incluyendo pero sin limitarse a disputas entre el Cliente y la Empresa, estos t\u00e9rminos y condiciones, las disposiciones de cualquier factura de la Empresa, y las disposiciones de los conocimientos de embarque de la Empresa, se regir\u00e1n por las leyes del Estado de Illinois y las leyes de los Estados Unidos sin aplicar conflictos de principios legales que resultar\u00edan en la aplicaci\u00f3n de la ley de cualquier otra jurisdicci\u00f3n. En todas las disputas entre la Empresa y el Cliente, el Cliente se somete por la presente a la jurisdicci\u00f3n exclusiva y al fuero exclusivo de los tribunales estatales ubicados en el Condado de Cook y a los tribunales federales ubicados en el Condado de Cook, Estado de Illinois, EE.UU. Por la presente, el Cliente renuncia a toda pretensi\u00f3n de que dicha jurisdicci\u00f3n sea improcedente. Por la presente, el Cliente renuncia a toda reclamaci\u00f3n por inconveniencia de dicho lugar, y por la presente, el Cliente renuncia a todo juicio con jurado en todos los litigios entre la Empresa y el Cliente. No obstante las anteriores restricciones de jurisdicci\u00f3n y competencia, la Empresa podr\u00e1 ejecutar una sentencia contra el Cliente en cualquier jurisdicci\u00f3n y competencia.<\/p>\n<h2>25. 25. Poder<\/h2>\n<p>Esta disposici\u00f3n constituye un poder otorgado por el Cliente a RIM, de modo que siempre que sea necesario o conveniente para prestar cualquier servicio, a discreci\u00f3n de RIM, en nombre del Cliente y por cuenta de \u00e9ste, RIM podr\u00e1, aunque no estar\u00e1 obligado a ello: (a) instrumentos de se\u00f1alizaci\u00f3n, (b) realizar actos, (c) prestar asistencia, o (d) cumplir, celebrar acuerdos o pagar a Terceros, en virtud de las condiciones o normas de Terceros, ya sean habituales o de otro tipo, incluidos los gastos de env\u00edo, almacenamiento, detenci\u00f3n, aranceles e impuestos. Todo lo anterior ser\u00e1 vinculante para el Cliente, por lo que \u00e9ste podr\u00e1 adeudar a RIM tasas adicionales seg\u00fan las tarifas vigentes de RIM en ese momento.<\/p>\n<h2>26. Demoras<\/h2>\n<p>El Cliente abonar\u00e1 a RIM todos los gastos de sobrestad\u00eda y dem\u00e1s tasas cobradas o en que incurra RIM por almacenar o guardar la carga del Cliente. El cliente ser\u00e1 responsable de los costes adicionales ocasionados por retrasos gubernamentales como los de aduanas.<\/p>\n<h2>27. Declaraciones y garant\u00edas del cliente<\/h2>\n<p>El Cliente declara y garantiza lo siguiente a RIM y a todos los proveedores de RIM, de lo que el Cliente ser\u00e1 total y estrictamente responsable, y en lo que RIM y sus proveedores pueden confiar con independencia de su conocimiento o notificaci\u00f3n de lo contrario: (a) En el momento de la recepci\u00f3n inicial por parte de RIM o de su vendedor inicial, la carga del Cliente deber\u00e1 encontrarse en un estado totalmente satisfactorio para el Cliente y para todos los Terceros que tengan alg\u00fan inter\u00e9s o preocupaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las Mercanc\u00edas. (b) La carga del Cliente ser\u00e1 de un tipo y estar\u00e1 en un estado que se ajuste a todas las leyes, excluyendo los cambios en la carga causados negligente o intencionadamente por RIM o cualquier proveedor de RIM. (c) La codificaci\u00f3n, embalaje, descripci\u00f3n, etiquetado, marcado y empaquetado de la carga del Cliente por cualquier persona que no sea RIM o cualquier proveedor de RIM es totalmente correcta, totalmente adecuada para transportar la carga por cualquier medio seleccionado por RIM y no infringe ninguna ley. (d) El embalaje suministrado por cualquier persona que no sea RIM o cualquier proveedor de RIM no est\u00e1 infestado ni es peligroso y, por lo dem\u00e1s, est\u00e1 en buenas condiciones. (e) Toda la documentaci\u00f3n, instrucciones, declaraciones, designaciones de peso y dem\u00e1s informaci\u00f3n proporcionada a RIM o a cualquier proveedor de RIM por o para el Cliente o cualquier agente del Cliente en relaci\u00f3n con la carga del Cliente es totalmente exacta y completa, e incluye toda la informaci\u00f3n relativa a la carga que RIM o cualquier proveedor de RIM pueda necesitar para prestar los servicios de RIM de forma adecuada y legal. (f) Inmediatamente despu\u00e9s de que el Cliente o su representante reciban cualquier documento o comunicaci\u00f3n de RIM o de cualquier proveedor de RIM, el Cliente inspeccionar\u00e1 completamente todos los documentos y comunicaciones e informar\u00e1 inmediatamente a RIM de cualquier inexactitud que contengan. (g) El uso o difusi\u00f3n por parte del Cliente o de cualquiera de sus agentes de los consejos gratuitos que RIM o cualquier proveedor de RIM proporcione al Cliente o a sus agentes ser\u00e1 por cuenta y riesgo exclusivos del Cliente. (h) El cliente acepta permitir a RIM refrendar o contrafirmar las certificaciones o boletos de peso para cumplir los requisitos de SOLAS en caso de que no se incluyan las verificaciones de peso suministradas por el cliente.<\/p>\n<h2>28. Sin modificaci\u00f3n<\/h2>\n<p>Salvo que se disponga lo contrario anteriormente, estos t\u00e9rminos y condiciones, las facturas de RIM y los conocimientos de embarque de RIM no podr\u00e1n modificarse salvo mediante un escrito firmado o reconocido por RIM y el Cliente, y no podr\u00e1n modificarse por la conducta de RIM o de cualquier Tercero. El hecho de que RIM no exija o se abstenga de exigir al Cliente el estricto cumplimiento de estas condiciones en su contenido vigente en ese momento, de las facturas de RIM y de los conocimientos de embarque de RIM, independientemente de que se produzcan o no en m\u00faltiples ocasiones, no las modificar\u00e1, no excusar\u00e1 el cumplimiento futuro por parte del Cliente y se aplicar\u00e1 \u00fanicamente al caso espec\u00edfico de incumplimiento o abstenci\u00f3n por parte de RIM.<\/p>\n<h2>29. Sucesores y cesionarios<\/h2>\n<p>Estos t\u00e9rminos y condiciones y las disposiciones de todas las facturas y conocimientos de embarque de RIM ser\u00e1n vinculantes y redundar\u00e1n en beneficio de los respectivos sucesores y cesionarios de las partes.<\/p>\n<h2>30. Restricciones de la Administraci\u00f3n de Seguridad en el Transporte (TSA)<\/h2>\n<p>La TSA considera que toda la carga ofrecida para transporte a\u00e9reo est\u00e1 sujeta a inspecci\u00f3n\/b\u00fasqueda por parte del transitario, la compa\u00f1\u00eda a\u00e9rea o la TSA; y exige que RIM se niegue a ofrecer transporte a\u00e9reo de cualquier carga cuando el expedidor\/cliente no consienta la inspecci\u00f3n de la carga. RIM, sus transportistas contratados y la TSA pueden realizar controles de la carga. Al presentar los env\u00edos a RIM, se considera que el Cliente consiente en dicho control. RIM no ser\u00e1 responsable de las p\u00e9rdidas, da\u00f1os o retrasos debidos a la apertura de la carga, a la inspecci\u00f3n f\u00edsica resultante o al reembalaje derivado de dicho control. La recopilaci\u00f3n de cierta informaci\u00f3n relativa al Cliente para calificar al Cliente o para verificar el estado del Cliente como posible \u00abexpedidor conocido\u00bb est\u00e1 autorizada por 48 USC\u00a7 114. Facilitar esta informaci\u00f3n es voluntario; sin embargo, no hacerlo impedir\u00e1 que el Cliente sea calificado como \u00abexpedidor conocido\u00bb. Esta informaci\u00f3n se revelar\u00e1 al personal de la TSA y a los contratistas u otros agentes, incluidos los transportistas a\u00e9reos indirectos (IAC), as\u00ed como a los transportistas a\u00e9reos en el mantenimiento y funcionamiento del programa de \u00abexpedidores conocidos\u00bb. La TSA puede compartir la informaci\u00f3n con los operadores aeroportuarios, compa\u00f1\u00edas a\u00e9reas extranjeras, IAC, organismos encargados de hacer cumplir la ley y otros, de conformidad con la Ley de Privacidad, 5 USC\u00a7552a. Para m\u00e1s detalles, v\u00e9ase el aviso del sistema de registros para el Sistema de Evaluaci\u00f3n de Amenazas para la Seguridad en el Transporte (DHS\/TSA 002) publicado en el Registro Federal. Cualquier declaraci\u00f3n o certificado fraudulento o intencionadamente falso realizado por el Cliente puede estar sujeto a sanciones civiles y penales en virtud de 49 CFR partes 1540 y 1548 y 18 USC \u00a7 1001, adem\u00e1s de cualquier otra sanci\u00f3n que pueda imponer la legislaci\u00f3n aplicable.<\/p>\n<p>US_T&amp;C v.01152018<\/p>\n<\/div>\n                    <\/div>\n      <\/div>\n<\/div>\n<\/section>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">R.I.M. logistics, ltd.<\/h2>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Normas aplicables Tarifa<\/h2>\n\n\n\n<p><a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"https:\/\/www.rimlogistics.com\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/AMENDED-R.I.M.-LOGISTICS-LTD.-NRA-RULES-TARIFF_11-12-2021.pdf\" target=\"_blank\"><\/a><a href=\"https:\/\/www.rimlogistics.com\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/Governing-Rules-Tariff-RIM-Logistics-042022-v1.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Normas de Gobierno Arancel &#8211; RIM Log\u00edstica 042022 v1<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>R.I.M. logistics, ltd. 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